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    Los fraudes y engaños más frecuentes de una empresa al terminar la relación laboral

    En ocasiones las empresas recurren a engaños, e incluso llegan a incurrir en delitos en el proceso de despido. Te contamos las más habituales.

    Ser despedido en una empresa es uno de los procesos más difíciles de digerir, y además nos puede dejar en una situación delicada. Para más inri, hay ocasiones en que algunas empresas buscan salir airosas y beneficiadas tras despedir al trabajador. Es por ello que conviene estar al tanto de los engaños que más se suelen ejercer sobre el trabajador y que pueden ser, además, potenciales delitos. ¡Presta atención, esto te interesa!

    Para que estés al tanto de las estrategias fraudulentas más habituales en casos de despido, y para que te puedas adelantar a posibles situaciones, te contamos todo a continuación.

    Indemnizaciones mal calculadas: la táctica de la empresa más extendida durante el despido  

    La tendencia de calcular las indemnizaciones a la baja en favor del empresario se puede practicar a menudo por las empresas. Dependiendo del tipo de despido, los porcentajes correspondientes varían, y si no cuentas con la información necesaria para enfrentarte a la documentación que tienes que firmar, la mejor opción es firmar como “no conforme”. En este caso, es importante saber con antelación cuánto te corresponde, y si no recurrir a un profesional que te asesore.

    Por otro lado, en muchas ocasiones los empresarios han optado por advertir, de manera ilegal, que firmar como “no conforme” le exime el derecho de cobrar el finiquito y/o indemnización, lo cual es falso ya que el trabajador está en derecho de cobrarlo. Además, mantendrá su derecho a interponer demanda por el despido.

    Otro de los problemas que suelen surgir en este tipo de situaciones, es que se ofrezca al trabajador la posibilidad de recibir el dinero en efectivo sin ser declarado. Se trata de una práctica ilegal en la que el empresario termina ganando y el trabajador sale perjudicado. No olvides que, para realizar ciertos trámites sobre prestaciones, podrán pedirte el movimiento bancario que justifique la indemnización por la empresa, y en caso de investigación, podrán acusarte del incumplimiento de la ley.

    Eso sí, en ningún caso deberás firmar un documento que acredite que has recibido la indemnización si aún no se ha producido la transferencia bancaria.

    ¿Podré cobrar el paro o no? ¡no te dejes engañar!

    Ten mucho cuidado en este punto. Puede darse la situación en la que la empresa sugiere al trabajador que firme una carta de renuncia para que pueda solicitar el paro. En este caso, cuando se produce una baja voluntaria, se está reconociendo la voluntad de abandonar la empresa por decisión propia, por lo que además de no recibir indemnización, tampoco podrá solicitar el paro de forma inmediata.

    Ocurre lo mismo con las demandas, pues algunas empresas optan por advertir al trabajador que, si demanda a la empresa, perderá automáticamente su derecho a paro.

    ¿Arreglarte la solicitud del paro a cambio de la renuncia de una indemnización?

    En este caso, esta estrategia suele llevarse a cabo de mutuo acuerdo entre ambas partes. Este tipo de escenario puede acabar en una sanción para las dos partes implicadas debido a que se está produciendo un engaño a la Seguridad Social para que el trabajador pueda cobrar el paro por un despido sin causa real.

    Coacción: la estrategia para evitar llegar a los juzgados

    A través de la intimidación o imposición de determinadas acciones, la empresa pretende conducir la decisión del trabajador despedido a fin de evitar que se acuda a los juzgados. Ante la ley, estos casos son considerados como un delito de coacción y pueden ser:

    • Intentar que el trabajador firme el despido para que no se produzcan situaciones incómodas dentro de la empresa.
    • Insistir en la firma de la baja voluntaria para que no conste que has sido despedido de cara al nuevo trabajo que consigas. O para ahorrarse algún tipo de indemnización, y solo tener que pagar el finiquito. Además, en otros casos, la empresa utiliza este tipo de indicación al trabajador para que no acuda a su puesto de trabajo y de esta manera, poder sancionarle y ganar la batalla en el despido.
    • “Esto es una compañía muy grande y en cualquier demanda saldrías perjudicado”. El empresario en estos casos busca amedrentar al trabajador y termina firmando el despido por miedo a las represalias.

    Falsos consejos que se traducen en estafa

    El principal objetivo porque el que una empresa intenta engañarte o estafarte, normalmente, se traduce en la obtención de beneficios económicos o el ahorro de retribuciones durante el despido, así como impedir que el trabajador realice una demanda.

    • “Si nos demandas no podrás cobrar el paro hasta que termine el proceso judicial”. Se trata de las otras falsas afirmaciones que realiza la empresa para que firmes la carta de despido y no te plantees demandar a la compañía. El paro lo podrás cobrar siempre independientemente del tipo de despido o de si se haya demandado o no.
    • “Si nos demandas y ganas el juicio, no podrás cobrar el paro”. Esto no sucede a menos que la demanda termine con la readmisión del trabajador.
    • Instan al trabajador a que firme, evitando una posible demanda por impagos en ciertas retribuciones que le correspondían y mostrando el compromiso de volver a contratarle en el futuro.
    • Fecha incorrecta en la carta de despido. En caso de que vayas a firmar la carta de despido, deberás prestar atención a que la fecha corresponda con el día en que las firmas. De lo contrario, podrás haber perdido tu derecho a demandar pudiendo haberse expirado el plazo para interponerla.   

    ¿Y si no me entregan la carta de despido?

    Cuando la carta de despido te la hayan comunicado vía telefónica, por correo electrónico o mensajería instantánea, o bien no contenga el motivo o cualquier otra información obligatoria en su estructura, se podrá declarar como despido improcedente o nulo.

    ¿Cómo puedo informarme si se ha cometido un delito en mi despido?

    Si no se cuenta con los conocimientos necesarios sobre cuestiones laborales, lo mejor es buscar asesoramiento de profesionales que nos ofrezcan el apoyo legal que necesitas y puedas conocer la situación real a la que te enfrentas.

    Además, para cualquier tipo de problema que tuvieras con tu proceso de despido, será conveniente contar con testigos si los hubiera, y guardar todas las pruebas que tengas de cara a una posible demanda.

    El gran problema del falso autónomo

    Uno de los escenarios que más preocupa en el mundo laboral, es la gran cantidad de falsos autónomos que trabajan para empresas cumpliendo con horarios y obligaciones similares a otros trabajadores que se encuentran en plantilla, y que son contratados por cuenta ajena.

    Desventajas de aceptar trabajar como falso autónomo:

    • No tendrás derecho a vacaciones ni permisos
    • No tendrás derecho a indemnización por fin de contrato
    • Asumirás la cuota de autónomo y tu seguridad social
    • No habrá controles de horarios, lo que fomenta la precariedad laboral

    Es por ello que conviene estar al tanto de que, en numerosas ocasiones, se puede dar la situación de que tu empresa te despida, o haga renunciar como trabajador, prometiéndote el mismo empleo y funciones, pero a cambio de hacerte autónomo.

    Todas situaciones que ponen de manifiesto que, ante una empresa, el trabajador siempre es el rival más débil.

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