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    Todo lo que necesitas saber sobre las pagas extraordinarias

    ¿Paga extra de Navidad y verano? ¿Extraordinaria de marzo? Conoce cuándo y cómo se cobran cada una de las pagas extraordinarias que existen, y cuáles son tus derechos.

    Seguro que te suena eso de la paga extra de Navidad pero puede que aún no te quede claro por qué existen estos pagos extraordinarios y cómo funcionan. Se trata de una remuneración salarial que recibe el trabajador de manera adicional al salario mensual, y están completamente reguladas por la ley, por lo que es conveniente que conozcas tus derechos y cuántas puedes percibir al año.

    Tienes derecho a 2 pagas extra como mínimo al año

    El Estatuto de Trabajadores en su artículo 31 (Gratificaciones Extraordinarias), establece que el trabajador tiene derecho al menos a dos gratificaciones extraordinarias al año, entre ellas la de Navidad y otra que pueda fijarse mediante el Convenio Colectivo.

    Derecho a percibir la paga extra de Navidad

    Como hemos visto en el Estatuto de Trabajadores, uno de los derechos que tienes como trabajador, es el derecho a recibir una paga extraordinaria en Navidad que, normalmente, se abona entre el día 20 y 25 del mes de diciembre, y la cual es de carácter obligatorio.

    Derecho a una segunda paga extraordinaria en verano o según se acuerde

    Normalmente, la segunda paga extra que recibe un trabajador suele ser a comienzos de verano durante el mes de junio, aunque esta segunda paga extra queda sujeto al Convenio Colectivo de la empresa o a un acuerdo que se produzca entre el empresario y los representantes legales de los trabajadores.

    Otra alternativa: prorratear las pagas extra en doce mensualidades

    No obstante, el Convenio Colectivo puede acordar esta tercera modalidad de retribución para que, en vez de recibir dos pagas extra al año, se repartan equitativamente en doce mensualidades. En ningún caso esto se producirá por una decisión unilateral de la empresa, sino que deberá aparecer correctamente pactado en el Convenio Colectivo. También vendrá detallado en tu nómina. En caso de que tengas alguna duda, deberás consultarlo en tu compañía o directamente denunciarlo a la Inspección de Trabajo.

    Por ejemplo, si firmas un contracto en el que se indica que tu salario mensual será de 1.650 euros con un total de 14 pagas anuales, y se acordara el prorrateo de tus pagas extraordinarias, cada mes cobrarías 1.925 euros (1.650*14/12=1925 euros mensuales, es decir, 275 euros que se sumarían cada mes a tu salario).

    Hay que tener en cuenta que el derecho a paga extra se produce por cada día que trabajes, y es importante saber que, dentro del derecho a las pagas extraordinarias, existen dos formas de que estas sean computadas:

    • Pagas extraordinarias semestrales: este derecho es generado desde que se recibe la paga extra anterior. Por ejemplo, si has recibido tu paga extra de verano el 15 de junio, la próxima paga correspondiente a Navidad debe recibirse el 15 de diciembre, momento en el que se iniciará de nuevo el contador hasta que vuelvan a pasar otros 6 meses.
    • Pagas extraordinarias anuales: el derecho se empieza a generar desde que cobraste la paga anterior de verano, o de Navidad. Es decir, tras haber transcurrido 12 meses.  Por ejemplo, la paga de verano que recibirías el 15 de junio de 2021, es la que habrás generado desde junio de 2020.

    En el caso de subrogaciones, se debe respetar los tiempos establecidos anteriormente, y no se podrá cambiar de semestral a anual o viceversa, a menos que el trabajador dé su consentimiento.

    ¿Qué es la llamada “paga de beneficios”?

    Como comentamos anteriormente, la ley recoge el derecho a percibir dos pagas extraordinarias anuales, pero dependiendo de lo que refleje el Convenio Colectivo, se podrán incluir otras pagas extra, como la que suele denominarse “paga de beneficios” o “paga de marzo”, ya que se suele abonar en ese mes.

    Si se refleja en tu Convenio Colectivo esta paga extraordinaria, también deberá detallarse cuánto y cuándo se cobra. Por ejemplo, el Convenio Colectivo Estatal de Empresas de Seguridad, establece que además de las dos pagas extra habituales, los trabajadores tienen derecho a percibir una paga extra en marzo (artículo 45).

    Cuantía por cada paga extraordinaria

    Con respecto a la cuantía de las pagas extraordinarias, hay que tener claro que, de nuevo, entra en juego el Convenio Colectivo de cada empresa. Se cobrará aquello que se estipule en él, pero ¡ojo!, en ningún caso una paga extraordinaria puede ser inferior al sueldo base mensual o al Salario Mínimo Interprofesional que, de momento, es de 950€ al mes en 14 pagas.  

    Cobrando la jubilación, un plus o una ayuda ¿tengo derecho a pagas extra?

    Existen otro tipo de situaciones diferentes en las que se pueden alterar el cobro de estas pagas extraordinarias.

    ¿Tengo derecho a paga extra como jubilado?

    Una vez que hemos llegado a la edad de jubilación, nos surge la duda sobre si con nuestra pensión tendremos derecho a percibir pagas extraordinarias. La respuesta es que sí, ya que la Seguridad Social distribuye las pensiones de jubilación en 14 pagas anuales añadiendo una primera paga extraordinaria a final de junio y la segunda a final de noviembre.

    ¿Qué ocurre si estoy cobrando una prestación?

    Si estás cobrando el paro, alguna ayuda o prestación, no tendrás derecho a pagas extraordinarias. Por el momento, la ley no las incluye en el derecho de recibir pagas extraordinarias, ya que la retribución de estas prestaciones se efectúa de forma mensual.

    Y si percibo plus de transporte, ¿también está incluido en la paga extraordinaria?

    Lo habitual es que este tipo de retribuciones no sean incluidas en las pagas extra, pero todo dependerá del Convenio Colectivo de cada empresa. Ya sea un plus de transporte, o cualquier otro complemento al salario, deberás consultarlo con tu empresa para asegurarte que estará incluido en tu paga extraordinaria.

    Mi derecho a paga extraordinaria estando en ERTE

    A raíz de la pandemia del COVID-19, la situación de los ERTE se ha agravado en España y surgen muchas dudas. En el caso de las pagas extra, ¿qué derechos tengo a percibirlas? Para hablar de los ERTE es necesario hacer dos distinciones:

    • ERTE de suspensión: al haberse suspendido tu contrato salarial, se pierde el derecho tanto a las pagas extraordinarias como a las vacaciones.
    • ERTE de reducción: en este caso tendrás derecho a pagas extraordinarias, pero de manera proporcional, en función de la reducción de jornada aplicada.

    ¿Pierdo definitivamente el derecho a paga extra estando en ERTE?

    En estos casos, se tendrá en cuenta el derecho a paga acumulado antes, durante y tras el ERTE, si corresponde. Además, habrá que tener en cuenta la situación particular de cada trabajador, y según proceda, realizar un recálculo restando proporcionalmente a la paga extra el periodo que ha estado en ERTE.

    8 preguntas clave sobre las pagas extra

    ¿Qué puedo hacer si mi empresa ha decidido prorratear mis pagas extra pero no aparece en el Convenio Colectivo?

    La empresa podría enfrentarse a una denuncia ante la Inspección de Trabajo si incumpliese el Convenio Colectivo. Si la compañía toma una decisión contraria a lo que se refleja en Convenio podrá ser condenada por el Tribunal Supremo.

    Si soy empleado/a del hogar, ¿puedo cobrar pagas extra?

    Sí. La cuantía de esta paga extraordinaria será acordará entre las dos partes, empleador y trabajador/a, y tendrá derecho a ella cuando se den estas dos siguientes condiciones:

    • Si se trabaja a tiempo completo, o si se trabaja a tiempo parcial en un periodo superior a 120 días.
    • Y siempre que se alcance el salario mínimo interprofesional en cómputo anual, cuando se trabaje a tiempo completo, o de forma proporcional si es a tiempo parcial.

    Mi empresa se ha declarado insolvente, ¿qué puedo hacer?

    Existe El Fondo de Garantía Salarial (FOGASA), la entidad encargada de cubrir las nóminas que no han sido abonadas a los trabajadores cuando las empresas se declaran insolventes o han pasado a concurso. Eso sí, ten en cuenta que la cantidad máxima a abonar incluye un máximo de 120 días, y será la que resulte de multiplicar el doble del salario mínimo interprofesional diario, incluyendo el prorrateo de pagas extraordinarias, por el número de días pendientes de pago.

    ¿Qué hacer en caso de que la empresa no me abone las pagas extra?

    En el caso de que la empresa se niegue a retribuir las pagas extraordinarias o haya abonado una cantidad incorrecta, puedes reclamarlo. ¿Cómo? Tendrás el plazo de un año para reclamarlo desde que la empresa debería haberlo abonado presentando inicialmente una papeleta de conciliación y más tarde, acudiendo al Juzgado de lo Social.

    Cuando las paga extras no están prorrateadas se tiene un año a contar desde el día de junio o diciembre que se pagan. Si, por el contrario, estuvieran prorrateadas y esa parte proporcional no se abona, se tiene un año para reclamarlo desde esa mensualidad. 

    Por ejemplo: Normalmente recibes tus pagas extra en verano y diciembre, y tu empresa te dice que por motivos económicos de la compañía no te las van a poder dar este año. Si efectivamente el 30 de junio de 2021 no la recibes, tendrás hasta el 30 de junio de 2022 para reclamar.

    ¿Se les aplica retención de IRPF a las pagas extra?

    Sí, como sucede con el resto de pagas ordinarias, cuando se remuneren las pagas extra, la compañía deberá aplicar la deducción del IRPF. No obstante, las cotizaciones por el contrario no se deducen ya que se han ido aplicando mes a mes. Si hubiera una deducción de cotizaciones, se debe solicitar a la empresa que revise o incluso se podría presentar una reclamación.

    ¿Si estoy de baja tengo derecho a cobrar paga extraordinaria?

    Por lo general no, a menos que se encuentre reflejado dentro del Convenio Colectivo o mediante cualquier otro acuerdo, ya que en situaciones de baja médica no se recibe sueldo.

    Me voy de la empresa, ¿tengo derecho a las pagas extra en mi liquidación?

    Sí, tu finiquito también deberá integrar las pagas extraordinarias. Independientemente de cuál sea el motivo del cese de la actividad en la empresa, y tus pagas extra no hayan sido prorrateadas, tendrás derecho a recibir la parte proporcional, al menos de una de ellas. 

    ¿Cómo se cotizan las pagas extraordinarias?

    Aunque la retribución se produzca en dos pagas, la cotización de estas siempre se realizan de forma prorrateada.

    Por ejemplo, si firmas un contracto en el que se indica que tu salario mensual será de 1.650 euros con un total de 14 pagas anuales, durante los 12 meses no cotizarás por ese dinero, sino que cotizarás por 1.925 euros (1.650*14/12=1925 euros).

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