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    ¿Se acaba tu contrato y toca firmar el finiquito? Presta atención a la letra pequeña

    Calcula correctamente el finiquito de tu empresa y presta atención a determinadas secciones para que cobres lo que te corresponde.

    A todos nos suena el término finiquito, pero puede que aún no hayamos finalizado un contrato laboral y hayamos tenido que informarnos sobre ello. Se trata del documento que recibes una vez finaliza el contrato laboral con una empresa, por diversos motivos; ya sea por jubilación, despido, dimisión…

    Como es normal, es conveniente conocer cómo se finaliza la relación laboral con una empresa, en qué consiste el finiquito, así como los datos obligatorios que debe reflejar antes de firmarlo.

    ¿Es lo mismo finiquito que indemnización?

    Vamos a empezar por una de las mayores dudas que suelen sobrevenir, y la respuesta es no. Pese a que los dos términos se dan cuando el trabajador ha finalizado su contrato, es importante conocer las diferencias entre ambos para saber en todo momento de qué estamos hablando y poder reclamar cada uno cuando corresponda.

    La indemnización hace referencia a la compensación económica que realiza la empresa al trabajador, normalmente, como consecuencia de un despido improcedente o por causas objetivas. Sin embargo, el finiquito es un documento que debe ser entregado siempre al terminar la relación contractual, sea cual sea el cese de la actividad del trabajador en la compañía, en el que tienen que verse reflejadas las deudas pendientes que tiene la empresa con el trabajador, así como aquellas que pudiera tener el trabajador con su empleador.

    Estructura del finiquito: paso a paso

    Aunque se trata de un documento imprescindible en la terminación de un contrato laboral, no existe un modelo fijo y oficial que se realice de igual forma en todas las compañías. Cada empresa tiene su propio finiquito, pero eso sí, cuentan todos con unos rasgos similares que son obligatorios y que no deben faltar si se cumple con la legalidad.

    Si el trabajador considera que necesita asesoramiento, podrá solicitar el derecho a que un representante de los trabajadores esté presente durante la entrega y firma del finiquito. En el caso de que la empresa se oponga a que el trabajador esté acompañado por un asesor, la compañía se enfrentaría una infracción grave, recogida en la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, en la que podría ser sancionada con una multa. Además, el trabajador también podría solicitar la nulidad del finiquito, pudiendo perder su validez.

    Aquí os dejamos algunas de las secciones clave que debe contener un finiquito:

    • Fecha y día en el que el trabajador va a firmar el finiquito
    • Nombres de la empresa y del trabajador
    • Detallar todas aquellas retribuciones pendientes:
      • Salario del último periodo (días o semanas) correspondientes al último mes trabajado.
      • Pagas u horas extra: la cantidad a abonar dependerá de la cantidad trabajada y de aquellas que no se hayan compensado a fecha de fin de contrato.
      • Vacaciones no disfrutadas: si ha transcurrido el plazo y aún no han sido disfrutadas por el trabajador, la compañía tendrá que abonarle dicha cantidad y su correspondiente cotización, repercutiendo además en el plazo para solicitar el paro.
      • Comisiones y/o incentivos en concepto de plus: se tendrán que abonar al trabajador este tipo de pagas siempre que estén reflejadas en el Convenio Colectivo.

    Aunque no se trata de un requisito indispensable en la estructura del finiquito, a veces, puede ir incluida la indemnización, si el fin de contrato se ha producido por despido objetivo o improcedente. No obstante, puede verse reflejada en la misma carta de despido o en otro tipo de documento.

    Te dejamos algunas consejos y ejemplos de finiquito que facilita Comisiones Obreras (CCOO) para que puedas consultarlo en este enlace.

    Finiquito en negativo, ¿qué significa exactamente?

    Lo habitual es que el finiquito sea positivo para el trabajador, es decir, que la empresa termine pagando al trabajador por cuestiones pendientes como veíamos en las horas extras, pluses, pagas extraordinarias, etc. Pero, puede suceder que el trabajador sea el que adeude una cantidad a la compañía y que, por tanto, el resultado sea negativo.

    Las cantidades que debe el trabajador a la empresa, también deberán ir reflejadas en el documento. Una vez que se saldan las cuentas por ambas partes se procede entonces al cálculo de la liquidación.

    Los casos más frecuentes cuando el trabajador adeuda cantidades a la empresa

    “Por dimisión del trabajador, debiendo mediar el preaviso que señalen los convenios colectivos o la costumbre del lugar”

    Normalmente, el periodo para comunicar la baja voluntaria suele ser de 15 días, o de lo que se encuentre estipulado en el Convenio Colectivo de la empresa.

    • Más días de vacaciones de los correspondientes: el caso más frecuente suele darse cuando la relación laboral termina tras los meses de verano. El trabajador ha cogido las vacaciones que tenía, pero si el contrato se termina en octubre, por ejemplo, antes de que acabe el año trabajado, entonces le tocará pagar al trabajador por haberlas disfrutado sin haber generado suficientes días de trabajo. 
    • Anticipos pendientes de devolución: cuando el trabajador ha solicitado algún adelanto de nómina y se encuentra una cantidad pendiente de pago a la empresa.

    Documentos que podrían acompañar al finiquito

    El finiquito, como hemos comentado antes, es un documento que recibe el trabajador cuando se extingue una relación laboral, por ello, nunca debe ser entregado antes del último día de contrato. En algunos casos, puede ir acompañado de otros documentos como te detallamos:

    • La última nómina
    • Certificado de empresa, en el que se reflejan las cotizaciones, causa del cese, tipo de contrato y jornadas laborales, así como la fecha de alta y baja y vacaciones   
    • Copia de la solicitud de baja en la Seguridad Social

    Además, si la hubiera, también podría ir acompañado por la carta de despido.

    ¿Tengo que firmar el finiquito obligatoriamente?

    Si eres trabajador y vas a recibir el finiquito por terminación de contrato, debes saber que no es obligatorio firmarlo, aunque si te has decidido a ello, pero no estás de acuerdo con las cantidades que aparecen, puedes firmarlo indicando lo siguiente:

    • “Recibido, no conforme”
    • “No recibido”
    • “Pendiente de comprobar”

    Aunque la empresa te diga que el pago se ejecutará en los próximos días, o que en el futuro podrás volver a la compañía, no es recomendable confiar en la palabra del empresario y en el caso de que firmes, dejes claro si está recibida o no la cantidad.

    Firmes con la condición que lo firmes, no te preocupes, la empresa tiene la obligación de pagar el finiquito al trabajador; pero de esta manera, queda reflejado por escrito la no conformidad sobre él mismo en algunos de sus puntos, evitando de esta manera la aceptación a lo indicado por la compañía.

    ¡No lo olvides! Escribe también la fecha en que lo recibiste (y comprueba la que ellos han puesto) y llévate siempre una copia del documento firmado. Esto puede beneficiar al trato de cara a posibles comprobaciones con ayuda de un asesor legal que pueda revisar el caso.

    Reclamar un finiquito es posible

    Lo primero a lo que se suele recurrir ante la disconformidad de un finiquito es al acto de conciliación. Antes de realizar cualquier proceso ante el juzgado, el trabajador tiene que presentar lo que se denomina “Papeleta de conciliación”, a fin de llegar a un acuerdo con la empresa antes de comenzar cualquier proceso judicial. Recuerda que tienes de plazo hasta 1 año para presentarla.

    Este documento ha de presentarse normalmente a la Unidad de Mediación, Arbitraje y Conciliación o a la entidad correspondiente de cada Comunidad Autónoma encargada de este tipo de reclamaciones.

    Si la situación no se ha solucionado mediante la conciliación, habrá que continuar el proceso a través de la vía judicial, donde el trabajador tendrá que interponer una demanda ante el Juzgado de lo Social.

    Existen casos extremos, aunque muy poco frecuentes, en los que un empresario entrega un finiquito falso al trabajador. En esta situación, lo primero que debemos hacer para poder denunciarlo es recurrir a la vía penal e iniciar el procedimiento contra la empresa.

    ¿Si ya he firmado el finiquito, puedo reclamarlo?

    Sí. Puedes reclamarlo, pero al haber firmado sin haber mostrado ningún tipo de disconformidad, podría complicar el proceso. Por ello, si tienes la intención de reclamarlo, lo más recomendable es firmarlo mostrando el desacuerdo con lo reflejado en el documento de finiquito.

    Enlaces de interés:

    Ejemplos prácticos de finiquito

    Calculadora de finiquito

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