La situación económica ha cambiado, y con ello las garantías que ofrecía el contrato indefinido. Ante cualquier contratiempo, es conveniente estar bien informado.
Parece que hasta ayer conseguir un empleo fijo y firmar un contrato indefinido era la puerta a la tranquilidad y la estabilidad laboral. Pero puede que las tornas hayan cambiado en los últimos años, y más después de una crisis sanitaria mundial que ha hecho temblar los cimientos de miles de empresas.
Es por ello que, hoy en día, la mayoría de plantillas de trabajadores están expuestos a cambios internos en su empresa, que pueden condicionar seriamente su situación laboral.
La indemnización: verdadera diferencia entre el contrato temporal e indefinido
En términos de cotizaciones y derechos, ambas modalidades de contrato son prácticamente idénticas, salvo diferencias particulares de cada caso, pero la gran diferencia entre ambos reside en la cantidad de indemnización a recibir una vez se dé por finalizada la relación laboral.
Despido e indemnización en el contrato indefinido
La indemnización dependerá principalmente del tipo de despido, pudiendo prescindir del trabajador fijo de dos formas:
- Despido objetivo; por ineptitud, falta de adaptación, faltas de asistencia, por motivos de organización o por causas de fuerza mayor, entre otros. Indemnización de 20 días por año.
- Despido disciplinario; por incumplimiento de sus obligaciones laborales. En este caso perderá el derecho a indemnización si es procedente.
Despido e indemnización en el contrato temporal
En el caso de un trabajador temporal, su indemnización estará condicionada al tipo de contrato temporal que haya firmado. Se distinguen 3 modalidades:
- Contrato por obra y servicio, en este caso se podrá prescindir del trabajador una vez finalizada la relación laboral. Derecho a 12 días por año trabajado, prorrateado por los periodos inferiores.
- Contrato eventual: cuando el evento o las circunstancias por el que fue contratado cambien y finalicen los plazos. Derecho a 12 días por año trabajado, prorrateado por los periodos inferiores.
- Contrato de interinidad: una vez se acabe la baja y se reincorpore el trabajador al que se ha sustituido. Sin derecho a indemnización.
Por tanto, todos los contratos temporales tienen derecho a una indemnización, aunque no por despido sino por lo que corresponde legalmente de liquidación y finalización de la relación laboral, exceptuando el de contrato por interinidad.
El contrato indefinido que ya no es tan indefinido
Las continuas crisis económicas y, sobre todo, a raíz de la última ocasionada por la pandemia, ha dado paso a situaciones en las que muchos trabajadores fijos han visto cómo sus contratos se veían rescindidos ante la imposibilidad de las empresas de mantener sus nóminas y condiciones.
Está claro que la crisis del covid-19 ha recrudecido la situación, y las reformas laborales han provocado una flexibilización de cara a las empresas que se han acogido a las causas objetivas y los ERES para recortar plantilla.
Los contratos temporales afectan tanto al sector privado como público
Business Insider ha confirmado en uno de sus artículos, que el año 2020 cerró con un 24,7% de contratos temporales con respecto a la población ocupada. Y es que, pese al descenso frente al año anterior, España sigue siendo el país con mayor porcentaje de empleos temporales de la Unión Europea.
Tanta es la cantidad de asalariados con un trabajo temporal en España, que la UE ha solicitado al Gobierno central que se reduzcan los contratos temporales de los trabajos públicos, que continúa liderando este tipo de contratos en Europa.
De hecho, una de los mayores sectores donde se está produciendo temporalidad es en el sector público, entre ellos el sanitario y el educativo, cuyas cifras ayudan a alimentar la alta tasa de temporalidad de empleo en nuestro país, que se sitúa ya entre el 25% y el 30% del total de los contratos que existen en España.
El caso del despido improcedente
Lamentablemente, el trabajador está cada vez más desprotegido en estos aspectos, ya que los que han sido despedidos de forma improcedente, pueden que no recuperen sus puestos de empleo, debido a que ahora son las empresas las que deciden readmitir o simplemente pagar una indemnización por ello.
Estos son algunos de los grandes cambios que se han producido debido a la reforma laboral:
- Rebaja de 45 días por año a un máximo de 42 mensualidades, a 33 días por año, con un máximo de 24 mensualidades.
- Aunque se tenga un contrato indefinido, si finalmente la empresa está dispuesta a pagar 33 días por año, podrá despedir al trabajador en cualquier momento, incluso sin razón alguna que lo justifique.
¿De qué depende entonces que me readmitan tras un despido improcedente?
Esto depende básicamente de la decisión que tome la empresa. Si la empresa accede a pagar los gastos de indemnización por despido improcedente a un trabajador con contrato indefinido, no existirá obligación para que este recupere su puesto de trabajo.
El mayor problema de los contratos temporales: la falsa temporalidad
Encadenar contrato temporal tras contrato temporal es una de las prácticas más repetidas por las empresas, enlazando renovaciones sin ofrecer un trabajo indefinido al trabajador.
Ocurre sobre todo con contratos de obra y servicio y los eventuales, que ya finalizados siguen vigentes, aunque el trabajo o el motivo por el cual se le contrató ya no exista, privando a los trabajadores de sus derechos e incurriendo en la ilegalidad.
La falta de rigurosidad a la hora de elaborar el nuevo contrato temporal también puede favorecer la precariedad de los trabajadores, por ello debe explicarse el motivo por el cual no se actualiza a indefinido tras haber superado los tiempos estipulados. Es así como se puede evitar que, ya sea por desconocimiento, o intencionadamente, al trabajador no se le prive de su derecho de pasar a ser fijo.
¿Cuántos contratos temporales puede haber en una misma empresa?
Por regla general, cuando se está contratado durante más de 24 meses dentro de un periodo total de 30 meses, y después de 2 o más contratos temporales, el empresario está obligado a ofrecer un contrato indefinido al trabajador.
Denunciar el fraude de contrato temporal que debería ser indefinido
Si ya has cumplido con los tiempos, y has completado 2 o más contratos temporales, dispones de diferentes vías para reclamar esta situación:
- Solicitar una papeleta de conciliación, y posteriormente si procede, interponer una demanda ante el Juzgado de lo Social.
- Impugnar el despido una vez finalizado el contrato temporal, alegando que se trata de un despido improcedente, ya que superados los tiempos el trabajador pasaba a ser fijo.
Ante la firma de un nuevo contrato temporal, lo mejor que podemos hacer es estar bien informados, y buscar asesoramiento de expertos si tuviéramos dudas. Es imprescindible conocer con seguridad nuestros derechos y poder reclamar en caso de que sea necesario.
Y es que lamentablemente los grandes cambios que se están sucediendo impiden garantizar los puestos de empleo, y la precariedad laboral es un abismo sobre el que cada día más empresas comienzan a asomarse.