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    La baja voluntaria o dimisión del trabajador

    Quiero dejar el trabajo. ¿Cómo lo hago? ¿Qué consecuencias tiene presentar una baja voluntaria? ¿Qué me tienen que pagar? ¿Tiene la empresa que aceptarla obligatoriamente?.

    ¿Qué es y qué no es una baja voluntaria?

    La baja voluntaria o dimisión es la forma que tiene un trabajador de romper un contrato de trabajo. Es la forma de dejar el trabajo cuando los motivos son personales, y no hay que justificar esos motivos. Esta decisión debe de ser únicamente por motivos personales del trabajador, nunca por cambios o por presiones de la empresa.

    Cuando el trabajador quiere dejar la empresa por cambios que hace la empresa, existen formas legales para dejar el trabajo, pero no a través de una baja voluntaria. En los casos de modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo o de movilidades geográficas, el trabajador puede romper el contrato, pero con consecuencias totalmente distintas a las de la baja voluntaria. Igualmente existe un método específico para romper el contrato en caso de impagos o retrasos en el pago de las nóminas.

    Por lo que el trabajador solo debe de presentar una baja voluntaria cuando es él quien quiere dejar el trabajo por su propia voluntad, sin que tenga nada que ver la actuación de la empresa. Mediante la baja voluntaria se puede romper cualquier tipo de contrato de trabajo.

    Cómo presentar una baja voluntaria

    La mejor manera de presentar la baja voluntaria es por escrito. Se puede presentar también de forma verbal o de otra forma como mensajes de texto o correo electrónico, pero la manera más recomendable es a través de un escrito, para que no haya ningún tipo de duda y se pueda demostrar de forma fidedigna que se ha presentado.

    De este escrito se tienen que presentar a la empresa dos copias, y una de ellas tendrá que ser devuelta al trabajador sellada por la empresa. Así se tiene la prueba de que se ha entregado el escrito. Si la empresa no quiere recibir el escrito o devolverlo sellado, será necesario enviar el escrito mediante burofax, con certificado de texto y acuse de recibo.

    El plazo de preaviso ¿es obligatorio en las bajas voluntarias?

    Si, el trabajador tiene que dar un preaviso a la empresa, entre el momento que avisa de la baja voluntaria y el momento en el que se va a dejar de trabajar.

    ¿Cuánto es ese preaviso? El que venga establecido en el Convenio Colectivo o el que venga en el contrato de trabajo. Si no viene indicado nada, será al menos de 15 días naturales.

    ¿Qué pasa si no cumplo el preaviso? El empresario podrá descontar del finiquito el número de días de preaviso que no se hayan dado. Además hay que ver si el Convenio Colectivo establece alguna otra penalización, ya que por ejemplo algunos establecen que se descontarán 2 días de salario por cada día de preaviso no dado.

    Truco para el trabajador: los días de preaviso son naturales, salvo que el Convenio Colectivo diga lo contrario, por lo que vez de dar la baja voluntaria un viernes, conviene darla con efectos del domingo, aunque el fin de semana no se trabaje y se descanse. Así formalmente cuentan el sábado y domingo como días de preaviso, dando dos días más en el caso de que no se puedan dar todos los días de preaviso.

    A María la llaman un viernes para un trabajo mucho mejor que el que tiene ahora, pero tiene que incorporarse el lunes. María mira el Convenio y el contrato y no indican nada respecto el preaviso de la baja voluntaria, por lo que tiene que dar 15 días. El viernes mismo presenta la baja voluntaria, pero con efectos del domingo, así al menos da 2 días de preaviso. La empresa podrá descontarla 13 días de salario del finiquito, pero al menos no le descuenta 15, como si hubiese dado la baja voluntaria con efectos del viernes.

    Modelo de baja voluntaria o dimisión

    El escrito con el que se presente la baja voluntaria tiene que incluir varios datos para que esté correctamente hecha. Tiene que venir indicado:

    • Datos del trabajador: nombre, apellidos, DNI, dirección.
    • Datos de la empresa: nombre, CIF, dirección.
    • Fecha en la que se firma el documento
    • Indicar claramente que se presenta “baja voluntaria” o “dimisión”. No hay que justificar el motivo.
    • El día que se va a dejar de trabajar.
    • Si se está dando el preaviso suficiente, indicarlo.
    • Es recomendable pedir que se prepare el finiquito y el certificado de empresa para el último día de trabajo.

    Se puede utilizar estos modelos:

    • Baja voluntaria con preaviso general de 15 días
    • Baja voluntaria con el preaviso indicado en el Convenio Colectivo
    • Baja voluntaria sin preaviso

    ¿Puede la empresa no admitir mi baja voluntaria?

    La empresa está obligada a aceptar la baja voluntaria. No puede no aceptarla y obligar a seguir prestando servicios al trabajador. Igualmente tampoco puede cambiar la fecha de fin de trabajo, que tendrá que ser la indicada por el trabajador. Si la empresa finaliza la relación laboral antes de la fecha de baja voluntaria, podría ser un despido; y no podrá alargar la relación laboral más allá de la fecha indicada por el trabajador como último día.

    Eso sí, hay que tener en cuenta que no se tenga firmado un pacto de permanencia en la empresa. En ese caso habrá que estar a lo pactado y la empresa puede reclamar al trabajador en caso de incumplimiento y de haber causado unos daños y perjuicios.

    ¿Qué me tiene que pagar la empresa?. El finiquito en una baja voluntaria

    Al presentar una baja voluntaria la empresa tiene que pagar únicamente la liquidación o finiquito, pero ninguna indemnización por el tiempo trabajado.

    En ese finiquito la empresa tendrá que pagar el salario de los últimos días trabajados, las vacaciones que no se hayan podido disfrutar, la parte proporcional de las pagas extra si no están prorrateadas, bonus o demás comisiones, horas extra… todo lo que quede pendiente de cobrar por la relación laboral.

    Hay que tener en cuenta que de este finiquito se podrá descontar por la empresa los días que no se hayan dado de preaviso, pudiendo resultar incluso un finiquito negativo, donde sea el trabajador el que deba pagar a la empresa.

    El finiquito tiene que ser entregado en el momento de dejar de trabajar (o si fuese imposible ese día, en el menor plazo posible). El trabajador, en caso de duda, debe de firmar este finiquito poniendo la fecha, “no conforme” y la firma en último lugar. En caso de impago del finiquito, se tiene un plazo de 1 año para reclamarlo, a contar desde que se dejó de trabajar.

    ¿Puedo pedir el paro después de una baja voluntaria?

    No, después de presentar una baja voluntaria no se puede pedir ninguna ayuda por desempleo. Es indiferente la razón por la que se presentó la dimisión, ya que lo único que importe es el hecho de que se ha presentado una baja voluntaria.

    Será necesario encontrar un nuevo trabajo y que este se acabe por voluntad de la empresa para poder pedir el paro. Además, en el caso de que no se haya superado el periodo de prueba en el nuevo trabajo, será necesario que hayan pasado 3 meses desde la baja voluntaria hasta la no superación del periodo de prueba. En otros casos, el SEPE estudiará la situación concreta, para ver si el nuevo trabajo es simplemente un método de conseguir el paro al que no se tiene derecho por haber presentado la baja voluntaria.

    ¿Puedo arrepentirme de haber dimitido?

    El trabajador puede retractarse de la baja voluntaria que se ha presentado, siempre que no haya llegado el día que indicó como fecha de finalización de la relación laboral. Así lo ha establecido el Tribunal Supremo, y únicamente se puede oponer la empresa en el caso de que le cause un perjuicio, por haber contratado a otro trabajador ya, por ejemplo. Si la empresa no acepta esta retractación, puede considerarse que hay un despido que podrá ser declarado como improcedente.

    Esther presenta una baja voluntaria el día 1 de septiembre con efectos del día 20 de septiembre porque le han prometido un trabajo mejor. Pero el día 7 le informan que finalmente el nuevo trabajo no sale adelante. El día 8 Esther informa a su empresa que se retracta de la baja voluntaria y que seguirá trabajado. La empresa no ha contratado a nadie para suplir a Esther todavía, por lo que no puede impedir esta situación.

    ¿Puede volver a contratarme la misma empresa después de una baja voluntaria?

    Sí. La empresa puede volver a contratar a un trabajador después de que este haya presentado una baja voluntaria. Da igual si en medio ha trabajado en otra empresa o si ha cobrado el paro o no.

    Aunque en caso de una baja voluntaria y una nueva contratación por parte de la misma empresa, podría investigarse por la Inspección de Trabajo para ver si no ha existido un fraude y el trabajador ha sido obligado a firmar la baja voluntaria para cambiarle las condiciones en el nuevo contrato.

    ¿Doy mi baja voluntaria o pido una excedencia voluntaria?

    Como hemos visto, con una baja voluntaria el trabajador rompe totalmente la relación laboral con la empresa. Existe una opción menos drástica, que es pedir una excedencia voluntaria.

    Se puede pedir siempre que se lleve en la empresa al menos 1 año y no se haya pedido otra excedencia en los 4 años anteriores. Puede durar entre 4 meses y 5 años. Al acabar la excedencia el trabajador tiene una opción preferente de reingreso, es decir, que podrá volver si justo hay una vacante. Es complicado regresar a la empresa después de una excedencia voluntaria, pero al menos hay alguna opción. Mientras que con la dimisión la única opción es una nueva contratación.

    Casos especiales: dejar el trabajo en el periodo de prueba

    Si el trabajador está aún dentro del periodo de prueba y quiere dejar el trabajo podrá hacerlo de una forma más efectiva que presentar una baja voluntaria, a través de indicar a la empresa que se rompe el contrato por “no superación del periodo de prueba”.

    En estas circunstancias, al igual que en la baja voluntaria, no se tiene derecho a una indemnización ni al paro, solo a la liquidación. Pero tiene la ventaja que no hay que dar ningún preaviso, y se puede deja.

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