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    Todo sobre el Bono Social Eléctrico

    Aquí te facilitamos una guía con los requisitos, trámites y toda la documentación que necesitas presentar para solicitar descuentos en tus facturas de la luz gracias al bono social eléctrico


    El Bono Social Eléctrico es una medida de protección contra la pobreza energética, que pretende proteger a los hogares con dificultades socioeconómicas y que los consumidores vulnerables o en riesgo de exclusión puedan beneficiarse de descuentos en las facturas de la luz.

    Además de las bonificaciones que aplican para cada uno de los colectivos, el bono social eléctrico permite retrasar el abono de las facturas o impedir el corte de suministros siempre que se cumplan con los requisitos. También ofrece una información más clara sobre el consumo del precio de la energía consumida, incluyendo impuestos y peajes, sin productos o servicios adicionales.

    Con la llegada del invierno la factura de la luz se dispara, por ello, es importante estés al tanto de si cumples con los requisitos para que puedas ahorrar en tus próximas facturas.

    Beneficiarios del Bono Social Eléctrico

    El Bono Social Eléctrico está regulado por el Real Decreto 897/2017, de 6 de octubre de 2017, donde se establecen las medidas establecidas con las diferentes bonificaciones, y los colectivos hacia quienes va dirigido. Se diferencian hasta 4 grupos diferentes de consumidores en función de su perfil:

    • Descuento del 25% para consumidores vulnerables, siempre que cumplan con los requisitos que detallamos más abajo.
    • Descuento del 40% para consumidores vulnerables, cuando se cumpla con los requisitos que detallamos en el siguiente apartado.
    • Los consumidores en riesgo de exclusión social, que estén siendo atendidos por los servicios sociales que paguen al menos el 50% de la factura, no tendrán que pagar el suministro eléctrico y en caso de que no puedan pagar la factura, no se les podrá cortar el suministro eléctrico.
    • Nuevos beneficiarios por COVID 19. Existe un determinado grupo que, si se ha visto afectado por la crisis sanitaria, tendrá derecho a un 25% de descuento, siempre que se cumplan con los requisitos que detallamos a continuación.

    Requisitos para solicitar el Bono Social Eléctrico

    Por un lado, hay que cumplir requisitos generales relacionados con el PVPC, y posteriormente cada grupo mencionado anteriormente, tiene sus propias características y requisitos específicos.

    1. ) Tener contratado el Precio Voluntario para el Pequeño Consumidor (PVPC) en la vivienda en la que reside el solicitante.

    El PVPC es el contrato que establece el Gobierno en el que lo que se consume es el precio de la energía resultante del mercado, a lo que se suma peajes e impuestos, y en el que no se incluyen otros productos o servicios complementarios, y es contratada a través de las comercializadoras de referencias (y que te detallamos al final de nuestro artículo).

    Hay que tener en cuenta que el PVPC sólo puede contratarse si la potencia contratada en la vivienda es igual o inferior a 10kW.

    2)  Además de la contratación del PVPC, existen una serie de requisitos específicos para cada grupo:

    Para determinar a qué grupo de consumidor vulnerable pertenecen los solicitantes, se realiza un cálculo en función del IPREM actual (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples), y que se determina en base a los ingresos económicos que tiene la persona que solicita la ayuda. Como hemos comentado, para acceder al Bono Social Eléctrico se diferencian 4 grupos:

    1. Requisitos del consumidor vulnerable, con derecho a un 25% de descuento

    Además de tener contratado el PVC, para ser considerado consumidor vulnerable, se debe cumplir al menos uno de los siguientes requisitos:

    • Consumidores cuyas rentas estén dentro de los límites estipulados, calculados en base al IPREM:

    – Cuando no hay menores en la unidad familiar, la renta no podrá superar los 11.862,90€ al año (es decir, igual o menor a 1,5 veces el IPREM).

    – Cuando haya un menor en la unidad familiar, no se podrá superar los 15.817,20€ anuales (es decir, igual o menor a 2 veces el IPREM).

    – Cuando haya dos menores en la unidad familiar, la renta no podrá ser superior a 19.771,50€ al año (es decir, igual o menor a 2,5 veces el IPREM).

    • Familias numerosas que puedan acreditar su condición.
    • Consumidor en el que él o todos los miembros de la unidad familiar tienen ingresos provenientes de una pensión mínima (jubilación o incapacidad permanente) y cuyos ingresos adicionales no superan los 500 euros al año.

    2. Requisitos del consumidor vulnerable severo, con derecho a un 40% de descuento

    Deberá cumplir al menos con una de las siguientes condiciones:

    • Que la renta anual sea igual o inferior al 50% de los umbrales correspondientes al consumidor vulnerable (en base al IPREM que detallamos en el anterior apartado).
    • Para las familias numerosas, el requisito será tener una renta anual igual o inferior a 5.817,20€ al año, es decir 2 veces el IPREM en 14 pagas.
    • Si el solicitante, o todos los miembros de la unidad familiar, reciben una pensión mínima, y los ingresos adicionales no superan los 500€ al año, para ser considerado consumidor vulnerable severo la renta anual deberá ser igual o menor a 7.908,60€, es decir, igual o inferior a 1 vez el IPREM de 14 pagas.

    3. Consumidor en riesgo de exclusión social

    Los consumidores en riesgo de exclusión social deben cumplir alguno de los requisitos correspondientes al consumidor vulnerable severo y, además, que los servicios sociales se encuentren en esos momentos financiando al menos el 50% de su factura eléctrica.

    A este tipo de consumidores no se les podrá cortar la luz en caso de que no puedan hacerse cargo del pago de las facturas.

    4. Consumidor vulnerable afectado por el COVID 19, con un 25% de descuento

    Las nuevas medidas que incluyen a consumidores vulnerables afectados por la crisis sanitaria, se encuentran reguladas en el Real Decreto-ley 8/2021, de 4 de mayo, en el que se detalla que aquellos que podrán acceder a un 25% de descuento son:

    • Personas que se encuentren en situación de desempleo.
    • Afectados por un Expediente Temporal de Regulación de Empleo (ERTE).
    • Empresarios que hayan tenido que reducir sus horas de trabajo por motivo de cuidados, u otros motivos que los hayan llevado a tener una pérdida importante de ingresos.

    Además de estos requisitos, en el mes anterior a solicitar la ayuda, el total de ingresos de todos los miembros de la unidad familiar debe ser inferior a:

    • 1,5 veces la doceava parte del IPREM de 14 pagas, cuando no se forme parte de una unidad familiar o no exista ningún menor en la unidad familiar.
    • 2 veces la doceava parte del IPREM de 14 pagas, cuando exista 1 menor en la unidad familiar.
    • 2,5 veces la doceava parte del IPREM de 14 pagas, cuando existan 2 menores en la unidad familiar.

    Si, además, el solicitante o los solicitantes se encuentran en circunstancias especiales, el IPREM de 14 pagas aumentará un cuando el solicitante o algún miembro de la unidad familiar tenga una discapacidad igual o superior al 33%, si se ha sufrido violencia de género, cuando algún miembro de la unidad familiar sea víctima del terrorismo, en el caso de que exista dependencia del grado II o III del solicitante o algún miembro de la unidad familiar, o si se trata de una familia monoparental con al menos un menor a cargo.

    Para poder acogerte a esta nueva categoría de consumidor vulnerable, debes enviar por correo electrónico la solicitud y declaración responsable correspondiente, a tu comercializador de referencia. Encontrarás más información y la documentación necesaria este enlace.

    En principio estas medidas se mantendrán hasta el 22 de febrero de 2022, gracias a la prórroga del ‘Escudo social’ anunciada por el Gobierno el pasado mes de octubre.

    Para saber si puedes acogerte al bono social eléctrico, puedes utilizar el simulador de la Fundación Civio y comprobar si cumples con los requisitos.

    ¿Qué documentación necesito para solicitar el bono social eléctrico?

    Cada comercializadora de referencia te facilitará la documentación a aportar, aunque generalmente deberás presentar:

    –  Solicitud del bono social, que estará disponible en la página web de las comercializadoras de referencia o en sus oficinas de atención al consumidor. Aquí te facilitamos algunos ejemplos: CurenergíaNaturgy (Gas Natural)EnergíaXXI.

    –  Documento de identidad del titular (DNI o NIE) y de las personas que compongan la unidad familiar (incluyendo los menores que tengan más de 14 años que tengan capacidad de obrar, y menores de 14 años que dispongan de él).

    –  Certificado de empadronamiento del titular y de todos los miembros de la unidad familiar (individual o conjunto).

    –  Libro de familia o certificación de la hoja individual del Registro Civil de cada uno de los miembros de la unidad familiar.

    – En caso de que algún miembro de la unidad familiar presente una discapacidad reconocida igual o superior al 33%, o sea víctima de violencia de género o del terrorismo, deberá presentarse el certificado u otro documento que lo acredite.

    –  Las familias numerosas deberán presentar una fotocopia del título de familia numerosa en vigor.

    ¿Cómo puedo solicitar el Bono Social Eléctrico?

    El bono social eléctrico deberás solicitarlo directamente a tu compañía eléctrica, mediante teléfono, correo electrónico, postal o fax. Te recomendamos visitar su página web para más información.

    Comercializadora de ReferenciaTeléfonoDirección webDirección postalFaxCorreo ElectrónicoApp Bono Social
    Endesa Energía XXI, S.L.U.800 760 333EndesaAptdo. Correos 1.167, 41080 SevillaNo disponibleEmailAppleGoogle
    Curenergía Comercializador de Último Recurso, S.A.U.900 200 708CurenergíaAptdo. Correos 61.017, 28080 MadridNo disponibleEmailAppleGoogle
    Comercializadora regulada, GAS & POWER, S.A.900 100 283GAS & POWERAptdo. Correos 61.084 28080 Madrid934630906EmailNo disponibleNo disponible
    Baser Comercializadora de Referencia, S.A.900 902 947BaserAptdo. Correos 191 33080 Oviedo984115538EmailNo disponibleNo disponible
    Régsiti Comercializadora de Referencia S.L.U.900 10 10 05RÉGSITICalle Isabel Torres nº 19 39011 Santander910911464EmailNo disponibleNo disponible
    Comercializador de Referencia Energético, S.L.U.900 814 023COR EnergéticoApartado de Correos: F. D. Nº 90 // 3300010 – 33080 OviedoNo disponibleEmailNo disponibleNo disponible
    Teramelcor, S.L.800 00 79 43TeramelcorAptdo. Correos 6 52006 Melilla951481180EmailNo disponibleNo disponible
    Energía Ceuta XXI Comercializadora de Referencia, S.A.U.900 106 004Energía Ceuta XXIAptdo. Correos 13, 51080 Ceuta956517684EmailNo disponibleNo disponible

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